miércoles, 27 de noviembre de 2013

EL PRIVILEGIO REAL DE VILLA DE CARRICHES



Hoy se cumplen 264 años de la Concesión por parte del rey Fernando VI del Privilegio Real de Villa a Carriches, el acontecimiento histórico más importante de toda su Historia.

Hace ya 14 años de la publicación de mi primer libro, “En Testimonio de Verdad. El Proceso de Villazgo de Carriches (1748-1749)”, donde pude recopilar toda la información relativa a este hecho, y del que a continuación os traigo un pequeño resumen.

En 1748, el Lugar de Carriches pertenecía al Estado y Señorío del Conde de Orgaz, bajo la jurisdicción de la Villa de Santa Olalla. Tenía una población de 500 vecinos, dedicados mayoritariamente a la agricultura y a la ganadería, trabajos de los que vivía todo el pueblo.

Pero Santa Olalla y sus justicias ocasionaban en los carrichanos "notables y crecidas molestias y vejaciones” tanto en las personas como en su patrimonio, porque “por leves cosas y sin fundamentos algunos nos fomentan causas criminales, arrastrándonos presos a la cárcel Real de Santa Olalla”. Y allí les dejaban por el tiempo que les parecía, reclamando a su salida grandes cantidades de dinero como multa.

Las continuas "molestias y vejaciones" a las que eran sometidos los moradores de Carriches por las justicias de Santa Olalla llegaron a tal punto, que los vecinos, según comentan en la petición "estamos ya resueltos a irnos a vivir a otras poblaciones, dejando nuestras casas y haciendas".

Carriches se iba despoblando y nadie quería vivir en el pueblo. Por eso no les quedó otra salida que elevar sus protestas ante la Corte de Madrid, buscando solucionar el problema.

Conducidos por el Concejo del Lugar y sus vecinos dieron el paso de solicitar de S.M. que se les concediera el Privilegio de Villa. Para ello se necesitaba obtener previamente la licencia del Conde de Orgaz, ya que Carriches pertenecía al Señorío del Conde, junto con otros pueblos como Domingo Pérez, Erustes, Otero, etc.

No conocemos cuándo se solicitó la licencia, pero lo cierto es que en ella se relacionaban, una tras otra, las continuas extorsiones a las que se veían sometidos.


Ante las súplicas de los carrichanos, las vejaciones de que eran objeto y el perjuicio que ello ocasionaba para el porvenir de la aldea solicitante (según dice el texto del Privilegio), el Conde, y el 2 de octubre de 1748 concedió la licencia con algunas condiciones, que se firmaron por el Concejo de Carriches en Santa Olalla, 7 días después. A su regreso al pueblo, convocaron a los vecinos y decidieron nombrar a 3 personas que se encargarían de llevar ante el Rey Fernando VI, los permisos y solicitudes de exención de jurisdicción.

Conseguido el consentimiento del Conde, el procedimiento para la concesión del Privilegio fue rápido.

El Concejo de Carriches se reunió el día 9 de octubre de 1748 y dio su poder a José Gómez Santana, Antonio García Luján y a José de la Peña y Andino, para que comparecieran ante S.M., señores del Real Consejo de Castilla y adonde fuera necesario, para pedir y presentar petición de exención, acompañada del consentimiento del Conde: “[...] damos todo nuestro poder cumplido amplio y bastante, el que en derecho se requiere y es necesario, mas pueda y debe valer a dichos José Gómez y Santana, y Antonio García Luján y a José de la Peña y Andino, procurador de los Reales Consejos, vecino de la Villa y Corte de Madrid, a todos tres juntos y a cada uno por sí insolidum, y con facultad de que lo que uno comience lo pueda fenecer y acabar el otro, o los otros; especialmente para que en nombre de este referido Lugar, su Concejo y vecinos, puedan parecer y parezcan ante S.M., que Dios Guarde, en su Real Cámara, o dónde convenga, y haciendo relación de todo lo ocurrido y presentación a él sobre dicho instrumento de consentimiento otorgado por el expresado Excmo. Sr. Conde de Orgaz, a fin de que dicho Lugar se haga Villa, pidan la Gracia y Merced para ello y que se le exima de la citada jurisdicción de Santa Olalla [...]”.

Una vez concedido el poder de representación, éstos presentaron ante el Real Consejo dicha petición, en la que se presentaban todos los argumentos que avalaban su postura, junto con el poder y consentimiento del Conde.

Después de algunos meses, el Real Consejo de Castilla, a petición del Rey el día 12 de mayo de 1749, estudió toda la información necesaria, y después que los carrichanos pagaron por la merced de la exención de jurisdicción la cantidad de 547.500 maravedís (7.500 maravedís por cada uno de los 73 vecinos), S.M. Fernando VI concedió el 27 de noviembre de 1749 el Real Privilegio eximiéndole de la jurisdicción de Santa Olalla y haciéndole Villa: “D. Fernando, por la Gracia de Dios, Rey de Castilla [...] suplicándome que en atención a ello sea servido concederos Privilegio de exención de la Villa de Santa Olalla, haciendo a vos el mencionado Lugar de Carriches, Villa de por sí y sobre sí, con jurisdicción civil y criminal, alta y baja, mero y mixto imperio en primera instancia, según y como se concedió a otros lugares (ahora Villas) [...] he venido en concederos la referida exención y por la presente de mi propio motu, cierta ciencia y poderío Real absoluto de que en esta parte quiero usar y uso como Rey y Señor natural no reconociente superior en lo temporal [...] eximo, saco y libro a vos el dicho Lugar de Carriches de la jurisdicción de la referida Villa de Santa Olalla, su alcalde mayor, ordinarios y demás justicias y ministros, y os hago Villa de por sí y sobre sí, con jurisdicción civil y criminal, alta y baja, mero y mixto imperio en primera instancia [...]”.



El mismo día que se expidió el Real Privilegio (27 de noviembre de 1749) el Rey Fernando VI envió una Real Célula al Juez de la Comisión, D. Ventura de San Juan, por la que le mandaba que fuese al Lugar de Carriches con el Privilegio y la Real Célula, y diera posesión, señalándole el término y territorio que le correspondiese. También le encomendó que averiguase qué término, territorio y vecindario tenía, y que hiciese nombramiento de los oficios del Ayuntamiento, dándole la Comisión que para el caso es necesaria y se requiere.

Y así, el día 7 de diciembre de 1749 a las 10 de la mañana, Carriches tomó posesión de su título en las casas de su Ayuntamiento, dando el juez al nuevo alcalde varas altas de justicia y notificando al alcalde de Santa Olalla su cese en la jurisdicción de Carriches.

jueves, 14 de noviembre de 2013

NTRA. SRA. DE LA CONSOLACIÓN DE TÁRIBA (VENEZUELA) Y TORRIJOS



Después de fundada la Ciudad de San Cristóbal (Venezuela) por Juan Maldonado Ordóñez y Villaquirán en 1561, los Padres Agustinos deseaban cristianizar a los indios Táribas y enviaron a dos religiosos de su convento con sus breviarios y una tabla con la imagen de Nuestra Señora de la Consolación. Los dos padres llegaron entrada ya la noche a la zona donde hoy está la Basílica de Ntra. Sra. de la Consolación, en donde fijaron a una caña la milagrosa imagen y a su tiempo emprendieron la misión evangélica. En aquel lugar levantaron una Ermita donde oficiaban la Santa Misa.

Años después, los indios Guásimos y los Capachos hicieron una irrupción contra los indios Táribas, que huyeron del lugar, junto a los Padres que volvieron para su convento de San Cristóbal. Una mujer se llevó la Imagen a su casa y la colocó en un altar, pues era india cristiana. Dice la historia que desde los campos de Machirí y Pueblo Nuevo veían por la noche iluminada la casa de la mujer y venían a ver lo que sucedía...

Fue en casa de Alonso Álvarez de Zamora, uno de los primeros pobladores de Táriba, quien residía allí con su padre dedicado a las faenas agrícolas. Tenía visita Álvarez de Zamora, pues estaban pasando el día con él algunos amigos que habían acudido aquel día de San Cristóbal. Uno de los visitantes era el joven torrijeño Juan Ramírez de Andrade, que andando el tiempo sería Alférez Real de la ciudad de Pamplona (Colombia) a muy pocos kilómetros.

Mientras los adultos hablaban, los jóvenes decidieron organizar una partida de bolas. Tomaban parte en el juego el mencionado Ramírez de Andrade y tres de los hijos del anfitrión, a saber Jerónimo de Colmenares, Alonso Álvarez de Zamora y Pedro de Colmenares. Durante el transcurso del juego se les rompió una de las paletas que usaban para el mismo. La búsqueda de alguna tabla, con la que pudieran suplir la paleta rota, los condujo a la despensa de la casa, en la que se guardaban las cosechas. Allí encontraron una tablilla que parecía haber sido imagen, a juzgar por la guarnición que aún conservaba; pero ni la guarnición estaba barnizada, ni se podía distinguir figura alguna. Decididos a partirla, la golpearon sin éxito contra una piedra. Intentó lo mismo Jerónimo con un cuchillo. Salió en ese momento de la casa la madre de los muchachos, Leonor de Colmenares y, airadamente, los regañó por la irreverencia que estaban cometiendo contra la que ella conocía que había sido imagen sagrada; quitándosela, volvió a guardarla en la despensa, colgándola de una estaca en la pared. Era poco después del mediodía.

Hacia las cuatro de la tarde, con sorpresa, advirtieron que la despensa resplandecía como si se hubiera incendiado. Corrieron todos, ansiosos, para apagar el fuego que parecía amenazar toda la casa; pero mayor fue aun su sorpresa cuando cayeron en la cuenta de que la luz brotaba de la tabla, y que en ella aparecía, claramente dibujada, la imagen de Nuestra Señora, bajo la advocación de La Consolación.

En la actualidad, la pequeña ermita construida en la despensa del maíz se ha convertido en una basílica menor, declarada como tal por el Papa Juan XXIII, el 23 de Octubre de 1959.




viernes, 1 de noviembre de 2013

NOCHE DE CLAMORES


Cuando el frío ha llegado de repente a nuestras vidas, a los pocos días de que la Señora del Encinar carrichano haya subido hasta su retiro invernal en su ermita, junto al cementerio, se destapa el mes de noviembre, señalado desde tiempo inmemorial para el recuerdo de los difuntos.

Evocaremos la memoria del pasado, de los miedos y silencios terroríficos; clamores de campanas anunciando la noche oscura de los Santos, noche de finados, a la sombra de la oscilante luz de una vela. En definitiva: la muerte se nos presenta en el recuerdo a los difuntos.

Este artículo que ahora os presento es una mínima parte de un extenso estudio que vengo realizando desde hace varios años en la Villa de Carriches. Y aunque el tema no sea de lo más interesante en un principio, la infinita documentación existente en los archivos llevó a preguntarme por aquello que ha ocupado al ser humano de todos los tiempos: la angustia de la muerte.

Pero que nadie se asuste; sólo pretendo recoger la repercusión que esta realidad ha configurado en la vida de este pueblo durante muchos siglos: comportamientos, ritos, tradiciones… Cada pueblo, ante la propia razón de la muerte, común para todo ser viviente, va formando unas prácticas y unas acciones que, con el tiempo, pertenecerán a su propia cultura.

Para ello he preguntado a los carrichanos qué prácticas perviven en su memoria, intentando rebuscar entre la documentación histórica su propia confirmación. De este material se ha podido descubrir una realidad socio-cultural que nos hará entender las diferentes épocas y sus correspondientes tradiciones.

También os mostraré las aspiraciones que permitirán conocer cómo la muerte era una realidad natural entre los vecinos de Carriches. Se analizarán los ritos reunidos a lo largo de la historia y las creencias para prepararse a bien morir; los ritos funerarios y el recuerdo permanente de los difuntos; las ideas fundamentales que surgieron a través de la Cofradía de Ánimas de Carriches en cuanto a su memoria solidaria.

Con la aportación de significativos testamentos de diferentes siglos (XVI, XVII, XVIII y XIX) y de las Constituciones de Ánimas conoceremos de primera mano las principales referencias documentales que se aportan.

Pero, como adelanto, os presento una pequeña parte del mismo, sobre los toques de campanas, tan tradicionales en estos días.



Los toques de campanas siempre han estado unidos al tema de la muerte. Era el verdadero sonido de la muerte, el que se difundía desde las torres de campanas de las parroquias.

El toque de Ánimas avisaba a los vecinos de que tenían que rezar alguna oración para salvar las almas de los fieles difuntos del Purgatorio. Pero no sólo ese era su significado: las campanas marcaban el proceso mortuorio, desde la agonía, al entierro, y después los funerales.

Esta costumbre, regulada por las Constituciones Sinodales del arzobispado, mandaba dar cuatro clamores y no más: “el uno cuando avisan de la muerte, el segundo cuando sale la Cruz y los clérigos por el difunto, el tercero cuando entrare el cuerpo en la iglesia y el cuarto cuando dicen el responso para ponerle en la sepultura”.

Hubo épocas en las que el tañido duraba toda la noche, la “noche de clamores” en la noche de finados, o cuando el fallecido era un hermano cofrade de Ánimas.


Pero esto es ya otra historia…